viernes, 22 de julio de 2011

Corte Constitucional y matrimonio homosexual

Por: Yesid Reyes Alvarado

HOY DEBE DECIDIR LA CORTE CONStitucional si en Colombia son válidas las uniones entre homosexuales. Su decisión podría poner fin a una larga polémica en la que sus actores suelen moverse en escenarios tan distintos, que dan la sensación de tener posiciones irreconciliables.


En contra de autorizar las bodas de personas del mismo sexo se ha dicho que ellas contrarían una de las finalidades esenciales del matrimonio, como es la procreación. Se sostiene que son relaciones antinaturales, que no respetan el concepto que Dios tiene de ese sacramento y que perjudican tanto a quienes de esa manera se relacionan, como a la sociedad.
Todos estos argumentos tienen un trasfondo religioso en cuanto conciben el casamiento como una relación heterosexual orientada de manera primordial a la reproducción como un acto propio de la naturaleza. En la medida en que las conductas que se apartan de esos postulados son reprochadas como constitutivas de pecados, es comprensible que desde esa perspectiva sean consideradas como perjudiciales para quienes las desarrollan (comprometen su salvación eterna) y como un mal ejemplo para la sociedad en que viven (resquebrajan la fe colectiva sobre la que la Iglesia ha cimentado históricamente su poder).
Si lo que estuviera en discusión fuera la validez espiritual del matrimonio católico, no tendría ningún reparo en aceptar esas críticas; estas comunidades están en todo su derecho de prohibir las uniones homosexuales, de la misma manera como censuran el uso de preservativos, se oponen a los divorcios y sancionan cualquier modalidad de aborto o suicidio asistido.
Lo que no está bien es que pretendan imponer las normas que rigen su actividad espiritual a una sociedad que constitucionalmente protege la diversidad religiosa. Hace más de 40 años se reconoce científicamente que la homosexualidad no es un trastorno psicológico; además, en un mundo cuyo número de habitantes crece a ritmos que en un futuro pondrán en peligro la propia supervivencia de la especie, no resulta válido seguir sosteniendo que las nupcias tienen como finalidad prioritaria la de engendrar, como se concebía cuando el ser humano pujaba por subsistir.
La existencia de parejas se explica más por la tendencia humana a vivir en compañía, así como por la necesidad de un afecto y una solidaridad que tanto en lo material como en lo emocional facilitan el logro de metas individuales y colectivas; pero eso se puede conseguir con independencia de si ellas están conformadas por individuos del mismo o diferente sexo. La manera en que las personas prefieran satisfacer su libido, o su decisión de compartir sus vidas con hijos adoptados o engendrados por alguno de ellos, es algo que sólo compete a su fuero interno como parte del libre desarrollo de la personalidad.
La Corte no debe permitir que en su decisión se mezclen argumentos legales y religiosos; desde el punto de vista jurídico el matrimonio homosexual debe ser admitido en una sociedad que se precia de pluralista, y respaldado con el mismo ahínco con que defendemos la libertad que se le otorga a las comunidades religiosas para rechazarlo como parte de sus creencias.

tomado de: http://www.elespectador.com/impreso/opinion/columna-286194-corte-constitucional-y-matrimonio-homosexual

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