miércoles, 20 de julio de 2011

¿Sí o no al matrimonio homosexual?

Hasta el próximo viernes tiene plazo la Corte Constitucional para pronunciarse a fondo sobre la posibilidad de que las parejas del mismo sexo se unan legalmente. Debate.

Rodrigo Uprimny y José Galat
Rodrigo Uprimny, director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, y José Galat, rector de la universidad La Gran Colombia, debaten sobre el matrimonio homosexual.


A dos días de que se venza el plazo para que la Corte Constitucional se pronuncie sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo en Colombia, y las campañas a favor y en contra inunden las calles y la internet, El Espectador conversó con dos abogados, grandes interlocutores del tema, que lejos de ponerse de acuerdo dieron nuevos elementos para el debate. En la esquina más conservadora de la mesa estuvo el rector de la universidad La Gran Colombia, José Galat, antiguo detractor de esta iniciativa, y en la otra el director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Rodrigo Uprimny, uno de los demandantes de la norma del Código Civil que restringe esta unión sólo para parejas heterosexuales.

¿Debe haber matrimonio entre las personas del mismo sexo?
Rodrigo Uprimny. Yo creo que la pregunta es al revés: ¿qué razón hay para que no haya? Porque si uno asume que no debe haber discriminación por orientación sexual —como debe ser en una sociedad pluralista—, si se les da la oportunidad de casarse a las parejas heterosexuales sería discriminatorio no dársela a las parejas del mismo sexo.

José Galat. El matrimonio entre las personas del mismo sexo no procede. La misma palabra matrimonio indica una finalidad que sobrepasa la simple voluntad de dos personas de unirse. Matrimonio significa una unión dirigida a la reproducción de la vida. Además, es contrario a la naturaleza, perjudica a las personas que lo hacen y a la sociedad.

R.U.: El profesor Galat sugiere que como el objetivo del matrimonio es procrear, no puede haber matrimonio entre personas del mismo sexo. Si esto fuera así, habría que prohibir el matrimonio de parejas estériles o de las heterosexuales que no quieran tener hijos. Por otro lado, la definición de natural o no natural es cultural. Y hoy en muchos países culturalmente se ha aceptado que haya matrimonio entre personas del mismo sexo.

J.G.: La Corte no debe aprobar el matrimonio entre homosexuales, porque directamente la Constitución lo prohíbe en el Artículo 42, que define el matrimonio con dos características: monogámico y heterosexual. Pero además hay otro argumento: tenemos una Constitución teísta que invoca a Dios en el preámbulo, regida por la moral natural, que dice que la unión matrimonial debe ser entre un hombre y una mujer.

¿Eso plantea que este no es sólo un debate jurídico?
R.U.: Para la Corte es un debate esencialmente jurídico que tiene connotaciones éticas y algunos le dan connotación religiosa como el profesor Galat. Frente a lo que él dice hay dos inexactitudes profundas: la primera es que la Corte Constitucional —que es el intérprete autorizado de la Constitución— ha dicho en muchas sentencias que la invocación de Dios en el preámbulo no hace de Colombia un Estado teísta, sino que clarísimamente es laico, porque en el Artículo 19 establece la total igualdad entre las confesiones religiosas. Por eso no se pueden invocar argumentos de derecho natural en este debate. 

En segundo lugar, no es cierto que la Constitución establezca una prioridad para la familia heterosexual, ni que únicamente establezca el matrimonio para parejas del mismo sexo. Reconoce esta unión, pero no excluye las otras.

J.G.: El profesor Uprimny está terriblemente equivocado. Yo soy católico y no estoy invocando en este momento los motivos de mi fe para oponerme al matrimonio entre homosexuales —que existen y son muchos—, estoy hablando estrictamente como jurista, y como abogado encuentro que la Constitución sí menciona a Dios y está regida por la moral natural. 

La naturaleza nos dice que el matrimonio no debe ser entre personas del mismo sexo porque, primero, desde el punto de vista anatómico hay una repulsión: el hombre está diseñado para encajar en la mujer y viceversa, pero entre dos hombres o dos mujeres hay repulsión. Desde el punto de vista fisiológico la naturaleza nos dice que cuando hay unión sexual entre personas de diferente sexo, hay una lubricación especial para facilitar el acto, esa lubricación no existe en el caso de personas del mismo sexo. Desde la biogenética está todo diseñado en la naturaleza para que la unión de distintos sexos lleve a la reproducción de la especie. 

Finalmente está el punto de vista psicológico y aquí hay que preguntarse qué hay en la unión de hombre y mujer: una complementación, pero por más esfuerzos que haga un homosexual por hacer el papel contrario, nunca lo va a lograr porque no es cuestión sólo de voluntad, es cuestión de toda una estructura biológica y psicológica.

R.U.: Lo que muestra la exposición del profesor Galat es precisamente que quienes se oponen al matrimonio de parejas del mismo sexo es porque creen que la orientación homosexual es antinatural. Pero eso no tiene ningún fundamento. La Asociación Americana de Siquiatría desde 1973 sacó de la lista de supuestas anormalidades sicológicas la homosexualidad. Reconoció que es una opción legítima. Que lo que sí causa sufrimiento y desarreglos psicológicos es que cuando alguien tiene esta orientación, no sea respetado ni admitido.

El concepto que entregó la ONU a la Corte Constitucional señala que el derecho internacional no define ni matrimonio ni familia como una unión entre heterosexuales. ¿Eso estaría marcando una tendencia a nivel mundial sobre este tema?

R.U.: Sí, Hay una tendencia creciente en el reconocimiento del matrimonio del mismo sexo, tanto por vía legislativa como por decisiones judiciales. Por vía legislativa muchos países lo han adoptado, como Holanda y Argentina. La tendencia del Derecho Internacional dice que tiene que haber razones imperiosas y necesarias para que a una persona la traten distintamente. Si no hay esas razones, el trato es discriminatorio. El último ejemplo es la reciente aprobación en el estado de Nueva York en EE.UU.

J.G.: Las Naciones Unidas están quebrantando una tradición milenaria pretendiendo popularizar esta idea. Yo dejo claro que respeto la dignidad humana de los homosexuales, y que la tienen, pero aprobar el matrimonio entre ellos es sencillamente contrario a la naturaleza.

R.U.: Desde hace también siglos se consideró natural la superioridad del hombre y hoy se admite que esta consideración generaba desigualdad. El argumento de que algo haya subsistido en la historia no lo convierte en algo natural.

¿Qué opinan de la negativa que ha hecho pública el Procurador General al respecto?
J.G.: No sólo tiene derecho, sino que tiene la obligación de manifestar su posición.

R.U.: Yo considero que tiene derecho a expresar su concepto jurídico. Lo que no puede hacer como procurador que representa a los ciudadanos de un país es mezclarle a los conceptos jurídicos visiones religiosas. Eso es incompatible.

Las luchas por la igualdad
La batalla jurídica que han librado las parejas homosexuales en busca de la igualdad de sus derechos como compañeros permanentes, tiene en el país una historia de cerca de 15 años. Sin embargo, sólo hace cuatro ha encontrado eco en las decisiones de la Corte Constitucional, que poco a poco les ha reconocido derechos y protección estatal como parejas. La más reciente decisión la tomó la Corte hace dos meses, cuando les otorgó el derecho a heredar, al igual que las parejas heterosexuales en unión libre. Asimismo, una de sus mayores victorias jurídicas ha sido la Sentencia C-029 de 2009, que permitió su  protección,  como compañeros permanentes, en distintos ámbitos: civiles, políticos, penales, sociales, laborales, migratorios y de justicia. Igualmente, esta sentencia reguló sus deberes sociales y laborales.


Tomado de: http://www.elespectador.com

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